Dependencia y discapacidad

1. Reconocimiento de la situación de dependencia

¿Qué es?
Es el trámite para que la persona sea reconocida oficialmente en situación de dependencia según la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
¿Para quién?
Personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, han perdido autonomía física, mental, intelectual o sensorial y necesitan ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria.
Asesoría:

  • Información y orientación sobre requisitos y documentación.
  • Acompañamiento en la solicitud ante el órgano competente.
  • Apoyo en la planificación de la entrevista de valoración.
  • Seguimiento hasta la resolución.

2. Revisión del grado de dependencia

¿Qué es?
Cuando ya se tiene reconocido un grado de dependencia pero han cambiado las circunstancias (mejora o empeoramiento), se puede solicitar una revisión del grado.
Asesoría:

  • Detectar el cambio de situación que justifica revisión.
  • Orientar sobre los plazos, formas y documentación necesaria.
  • Apoyar en la solicitud y seguimiento del trámite.

3. Reconocimiento o revisión del grado de discapacidad

¿Qué es?
Trámite para que la persona obtenga reconocimiento oficial de su grado de discapacidad o para que este grado sea revisado.
¿Por qué es relevante?
Tener reconocido un grado de discapacidad facilita el acceso a derechos, servicios, programas y prestaciones.
Asesoría:

  • Asesoramos sobre la diferencia entre discapacidad y dependencia, cuál es el trámite adecuado.
  • Velamos que la solicitud esté correctamente cumplimentada.
  • Apoyamos en la presentación (online o presencial) y seguimiento.

4. Asesoramiento sobre el Programa Individual de Atención (PIA)

¿Qué es?
Una vez reconocido el grado de dependencia, se elabora un PIA: documento que recoge los servicios, apoyos y prestaciones que la persona va a recibir en función de su situación.
Asesoría:

  • Facilitar que la persona y su entorno comprendan qué les corresponde.
  • Ayudar en la priorización de los apoyos que mejor se adaptan a su situación.
  • Hacer seguimiento de la ejecución del PIA.

5. Acceso a prestaciones, ayudas y servicios sociales

Una vez reconocidas la dependencia o la discapacidad, existen diferentes servicios y ayudas: información sobre las posibilidades existentes y personalización en cada caso.


6. Derivación, coordinación y seguimiento

Nuestro rol complementario:

  • Coordinar con centros de salud, servicios sociales del ayuntamiento, entidades de discapacidad.
  • Realizar visitas domiciliarias, evaluación social de la situación.
  • Hacer seguimiento de los cambios, recaídas o mejoras, y proponer nueva valoración si procede.
  • Informar y acompañar a los cuidadores/as familiares, identificando recursos de apoyo.